13/7/12

Tribunal despótico, irracional e irresponsable

Por el Dr. Niceto Alcalá-Zamora y Castillo

Dr. Niceto Alcalá-Zamora y Castillo

Extractos:

El jurado, con tanto ardor defendido por algunos ingenuos u obcecados liberales, aparece como un tribunal despótico, irracional (en la doble dirección de que no razona y de que la conciencia por sí sola es insuficiente para apreciar pruebas de alguna complejidad) y prácticamente irresponsable.

Alcalá-Zamora y Castillo, N., Sistemas y criterios para la apreciación de la prueba, p. 9.

Fuente: Vélez Mariconde, Alfredo, Derecho procesal penal, Tomo I, Buenos Aires, Lerner, 1969, pág. 226.

8/7/12

25 argumentos para decirle NO al juicio por jurado

Por el Dr. Adolfo Rocha Campos

Dr. Adolfo Rocha Campos

1) No existe un mandato constitucional. El jurado ingresa a la Constitución Nacional en 1853 a través del at. 24. Esta Constitución fue reformada y se suprimió el art. 24 en 1949. La Constitución de 1853 se restableció por una decreto o sea la voluntad del Presidente "de facto" Gral. Pedro Eugenio Aramburu. Es inexacto que haya sido convalidada por la Reforma de 1994, ya que los arts. 1/35 eran intocables por ley de convocatoria. De tal forma, el jurado existe en la legislación argentina por la voluntad de Aramburu, Alfonsín y Menem.

2) El art. 118 dice que "Todos" los crímenes y delitos que no sean pasibles de juicio político deberán ser tramitados por jurados. Ahí donde la Constitución dice "todos" hay que leer "todos". Por lo tanto, es un mandato de cumplimiento imposible.

3) El mismo art. 118 establece el juicio por jurado para los delitos que se "cometan". "Cometan", hecho de la realidad, que impide el uso de la voluntad del Ministerio Público o sea principio de oportunidad de elegir juicios. Dado un crimen o delito, debe ser juicio por jurados. Mandato imposible.

4) El juicio por jurado que establece veredicto no fundado, contraviene el art. 18 de la Constitución Nacional que dice que la condena debe ser "fundada" en ley. Fundada y motivada, como dice la doctrina.

5) Así como en la Inquisición el acusado no sabía de qué se lo acusaba, el condenado por un jurado no sabe por qué se lo condena.

6) La actuación de un grupo de personas que deciden en forma anónima, no fundada y en deliberación secreta, viola todos los principios de la responsabilidad republicana de los funcionarios.

7) La participación popular es un mito. Se trata de una representación simbólica, de un grupo de doce personas tomadas arbitrariamente de una lista previamente recortada por razones de edad, educación, trabajo y aptitudes especiales que no se determina cuáles son.
 
8) En todas las legislaciones (tanto vigentes del país como proyectos) se expresa que se hará una lista de las personas aptas para ser jurados. Pero ello es imposible. Por ejemplo, porque para el tema de la edad, en el padrón masculino figura la edad pero en el femenino no, para saer si tiene trabajo y/o educación habría que hacer una encuesta, etc... en consecuencia, la lista se hará al boleo y de esa lista al boleo se elegirán doce personas. Más simbólico, imposible.

9) Además de esas limitaciones, las inhabilidades para ser jurados abarcan a cientos de miles de personas (FFAA y de seguridad, pastores y sacerdotes, etc.).

10) En la medida en que el jurado es absolutamente pasivo durante el juicio no existe ningún control sobre su imparcialidad, como si la tiene el juez letrado a través del procedimiento.

11) En el sistema del jurado se llega a la imparcialidad a través de una acumulación de parcialidades. Y esto es un error en la aplicación de la doctrina del "justo medio" que funciona bien para otro tipo de situaciones (ver punto 23).

12) Se tiene la errónea visión de que en EEUU se aplica el juicio por jurado. Además de que en EEUU tiene plena vigencia el principio de oportunidad (que en nuestro país no se aplica) el jurado sólo funciona en un 10% de los casos (en California sólo en un 3%). Así que todo lo que se ve en las películas es una visión distorsionada de la realidad.

13) Todo ello sin contar los errores históricos y terribles del jurado (Sócrates y Jesucristo).

14) Todas las legislaciones (vigentes y proyectos) prohíben ser jurados a abogados y procuradores, lo que es correcto dentro de la óptica juradista. Pero también se les prohíbe a los escribanos. ¿Cuál es la razón? La única razón es que los escribanos saben derecho y aquí aflora el preconcepto popular: "el conocimiento del derecho atrofia el sentido moral de las personas". Parece mentira que abogados puedan sustentar semejante barbaridad.

15) Y quin tenga dudas de lo que se ha expresado en el punto anterior, sepa que en la legislación vigente de la Provincia de Chubut sobre jurados, prohibe el ejercicio del jurado a los "Profesores Universitarios de Derecho y de Medicina Legal".

16) Se da por sentado que el pueblo (que no sabe de derecho) está mejor capacitado que los que saben derecho para "intuir" la justicia. Luego, quienes se declaran partidarios de esa misteriosa intuición de los ignorantes en derecho, hablan pestes del código penal nazi y del código penal ruso Krilenko que permitía al juez aplicar los "sanos principios del pueblo".

17) Existe un argumento falaz: el jurado sólo se expide sobre los hechos para determinar "culpable o inocente". Esto es falso porque los hechos no existen en estado puro. Todo es hecho y se necesita cultura jurídica para separar los hechos jurídicamente relevantes de los irrelevantes. ¿La cara del acusado es un dato jurídicamente relevante? ¿La no declaración acusado lo es? Pregunten en la calle y verán que la gente cree que no declarar es un indicio en contra. Y les aviso que Bernardo Neustadt era un ardiente partidario del jurado.

18) La implementación del jurado es cara (ver la opinión de Enrique Falcón en la Revista de Jurisprudencia, tema Derecho Procesal Penal).

19) Según la doctrina del "máximo esfuerzo" que la CSJN implementa en el caso "Casal", todo procesado tiene dereco a una doble revisión de hechos y derecho. ¿Cómo se implementa esta doctrina en el juicio por jurado? ¿Con otro juicio por jurado?

20) Otro argumento falaz: "los jueces no somos elegidos por el pueblo". Somos tan elegidos por el pueblo como todos los Presidentes del país desde 1862 hasta 1951. Y omo los senadores lo son por la legislatura provincial. Ser electo en segundo grado no es invalidante. ¿Es preferible ser sorteado?

21) Existe una teoría del Dr. Jorge Sandro que expresa que como la gente conoce la licitud y la ilicitud de la propia conducta, puede decidir sobre la licitud o ilicitud de la conducta ajena. Primero: no es cierto que la gente conozca la licitud de su propia conducta. Todos los condenados por exceso en la legítima defensa estaban convencidos de la licitud de su accionar (preguntar al Ing. Santos). Segundo: con este criterio, como una persona sabe si está enferma o no, (teóricamente) los diagnósticos del hospital deberían ser realizados por jurados de enfermos y no por médicos. Además de que hay dolencias que sólo el ojo experto detecta.

22) Todo el mundo del jurado está sustentado en actos de fe. Hay que creer determinadas cosas y de tal forma justificamos el jurado (ver JA año 2000, artículo de mi autoría). Además, quien quiera saber por qué son doce y deliberan en secreto y se les atribuye un misterioso poder, deben leer "Hechos de los Apóstoles" Cáp. 11.1, 2, 3 y 4. Hablar en lenguas era estar poseído por la sabiduría que confería el Espíritu Santo.

23) La Psicología de Grupos nos indica que cuando se forman grupos (mucho más en el caso del jurado, que delibera en secreto sin fundar opinión y sin fundamentos) aparecen líderes naturales que generalmente son los más exaltados. Y generalmente con algún rasgo psicopático. ¿Esto asegura un mejor debate?

24) Existen medidas prácticas mucho mejores que el jurado para mejorar la administración de justicia. Tal la policía judicial. El vocero de los jueces y la intervención de ONGs, serias y responsables en el Consejo de la Magistratura para evitar el cambio de figuritas entre los tres estamentos que lo constituyen.

25) Los únicos que se benefician con el jurado son el juez que se saca el peso de encima de decir "inocente o culpable" y el fiscal y defensor que jamás podrán sufrir un juicio por mala praxis. Ya que como el jurado no fundamenta, jamás podrá enlazarse el resultado con un accionar y el requisito de la causalidad, base de la responsabilidad, nunca podrá ser probado. Ergo...