Por el Dr. Jorge Horacio Gentile
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Dr. Jorge Horacio Gentile |
La democracia puede ser directa, cuando el pueblo es el que decide con su voto las normas y decisiones de gobierno, lo que se da en la actualidad sólo en algunas pequeñas localidades suizas; y es indirecta o representativa, cuando los representantes elegidos por el pueblo son los que toman las decisiones fundamentales, este es el régimen adoptado por nuestra Constitución y la de los demás países del mundo.
Los jueces en las democracias constitucionales son elegidos, por los representantes del pueblo, luego de un riguroso proceso de selección. En algunos estados de los Estados Unidos son electivos. Quienes representan al pueblo no pueden ser elegidos al azar o por sorteo, este método sólo se utilizó en las polis de la antigua Grecia, pero hoy nadie reconocería como representante del pueblo a quién no ha sido votado ni sería legítima su investidura si no es designado al menos por los representantes del pueblo, como es el caso de los jueces en nuestro sistema constitucional.
Los jurados, en esta provincia (Córdoba) fracasaron, no han servido para nada, por ignorar el derecho y el difícil arte de juzgar; y se usaron sólo
en 28 juicios entre 1998 y 2002, y en los años posteriores ha disminuido aún más
su uso.
No es cierto que con ello se democratiza la Justicia, ya que
los jurados no representan a nadie, no son mejores que los demás ciudadanos, y
carecen de idoneidad, por no haber sido seleccionados, sometidos a concurso, ni
designados por su mejor conocimiento del derecho, ni del arte de juzgar, ni por
su ética. Pueden ser influidos más facilmente que los jueces, por los medios de
comunicación y en algunos casos hasta pueden ser amedrentado a través de los
mismos. Además, al no estar sometidos a juicio político carecen de la responsabilidad
que se le exige a los jueces.
Una de las razones por las que los abogados en
Estados Unidos tratan de evitar el juicio por jurado y prefiere a los jueces es porque los
jurados no siguen en sus decisiones los precedentes establecidos por la
jurisprudencia de los tribunales o de otros jurados.
Los problemas de seguridad y de
legitimidad no tienen soluciones mágicas, ni fáciles, no se resuelven con copiar
y trasplantar fórmulas o instituciones de otros países que no se han estudiado
debidamente, y las responsabilidades de la Justicia en los mismos, no se superan
con sustituir a los jueces por ciudadanos seleccionados por el sorteo, o sea
privatizando el servicio de justicia. No hace mucho la magia de las
privatizaciones nos dejó una experiencia que no nos gustaría repetir a los
argentinos. No volvamos a tropezar de nuevo con la misma piedra.
Enlace: Versión On Line
Dr. Jorge Horacio Gentile
Profesor de Derecho Constitucional de la Universidad Nacional y Católica de Córdoba y fue Diputado de la Nación.
http://www.profesorgentile.com.ar/
17 de enero de 2005
Profesor de Derecho Constitucional de la Universidad Nacional y Católica de Córdoba y fue Diputado de la Nación.
http://www.profesorgentile.com.ar/
17 de enero de 2005