Dr. Efraín Quevedo Mendoza |
Extractos:
La participación popular en la integración de los órganos judiciales a través de un grupo de ciudadanos seleccionados al azar es sólo un símbolo de participación popular: allí no está el pueblo.
La incorporación de los elementos del pueblo modifica la estructura de la decisión judicial que deja de ser un examen razonado de la prueba que lleva a la reconstrucción del hecho objeto del debate.
Los juicios por jurado no legitiman a la justicia, porque su legitimación sólo puede provenir de la fundamentación de la sentencia.
Enlace: Versión On line (audio)
Conferencia del VII Congreso Nacional de Derecho Procesal Garantista, Azul.
Fuente: http://facder-unicen.blogspot.com.ar/p/avances-en-20102011.html
6 de Noviembre de 2006
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